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<title>Foro</title>
<description></description><link>http://abogadosenmorelos.com/foro/index.php</link><lastBuildDate>Sun, 20 May 2012 16:38:53 -0400</lastBuildDate>
<generator>Phorum 5.2.7</generator>
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<title>DIVORCIO, ADULTERIO COMO CAUSAL DE. PARA ACREDITARLA RESULTA PROCEDENTE LA PRUEBA INDIRECTA</title><link>http://abogadosenmorelos.com/foro/read.php?2,3,3#msg-3</link><description><![CDATA[ DIVORCIO, ADULTERIO COMO CAUSAL DE. PARA ACREDITARLA RESULTA PROCEDENTE LA PRUEBA INDIRECTA.<br /><br />Si se aduce el adulterio como causal de divorcio, para su comprobación es prácticamente imposible la prueba directa; por ello, debe admitirse la prueba indirecta a fin de demostrar la infidelidad del cónyuge culpable, así como la mecánica del adulterio, siendo indispensable que de los hechos acreditados se pueda advertir de manera lógica y objetiva la infidelidad que se reclame. De ahí que si la confesional, la testimonial y la consistente en una videocinta, analizadas en su conjunto y adminiculadas entre sí, evidencian un comportamiento impropio de pareja de la cónyuge con persona distinta de su esposo, y que se presta a pernoctar por determinados días en el domicilio de dicha persona, tales probanzas son aptas y suficientes para tener por acreditado en forma indirecta que la consorte quebrantó el deber de la fidelidad conyugal, alterando la paz y la tranquilidad de la familia y de la unión matrimonial, pues no es creíble que únicamente estuviese durmiendo ahí, sin sostener ninguna relación de carácter íntimo sexual con aquél; de todo lo cual se sigue que resulta procedente la disolución del vínculo conyugal que une a los esposos, por resultar la demandada cónyuge culpable al haber dado causa al divorcio.<br /><br />Lo anterior es criterio de la Corte, que observa el adulterio como causal de divorcio sin transtocar sin referirise al concepto como delito.]]></description>
<dc:creator>jesus diaz</dc:creator>
<category>Foro General</category><pubDate>Fri, 15 Aug 2008 10:22:17 -0400</pubDate></item>
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